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10/28/2008
Entrada en vigor del nuevo Real Decreto
La propuesta de Real Decreto sobre la fotovoltaica recibe el apoyo del sector. Tras meses de discusiones, dimes y diretes, la propuesta de Real Decreto para la fotovoltaica ha recibido el beneplácito, no sólo del Consejo de Ministros, sino de las asociaciones del sector. El Ministerio acordó mejora en la tarifa inicial para suelos, que ha quedado en 32 céntimos de euro por kilovatio hora (frente a los 29 anteriores) y ha establecido los cupos iniciales en 400 MW/año, con otros extraordinarios adicionales de 100 MW y 60 MW para 2009 y 2010, respectivamente (dos tercios para techo y el resto en suelo).

Gestamp Asetym Solar inauguraró el pasado 7 de agosto un Parque Solar Fotovoltaico de 26 MW en Fuente Alamo, Murcia. Las tres asociaciones sectoriales fotovoltaicas (la Asociación Empresarial Fotovoltaica, AEF; la Asociación de Productores de Energías Renovables, APPA, y la Asociación de la Industria Fotovoltaica, ASIF) han mostrado su satisfacción, dentro del contexto actual, ante la propuesta de decreto presentada por el Ministerio de Industria y aprobada en Consejo de Ministros. Las tres asociaciones se han declarado también satisfechas ante el compromiso firme que han recibido del Ministerio para apoyar al sector fotovoltaico de forma estable y sostenida, aunque consideran importante un mayor apoyo a las instalaciones fotovoltaicas en tejados, y solicitan que este asunto se estudie en el futuro.

Asimismo, las asociaciones han valorado el esfuerzo realizado por el Ministerio para adelantar las convocatorias previstas en el decreto, lo que permitirá acortar la ralentización de la actividad en los próximos meses, y hará que pueda desarrollarse toda la potencia prevista en el curso del año.
El sector asume que las condiciones concretas que establece el nuevo real decreto harán que el mercado atraviese en 2009 y 2010 una etapa de contracción, y que las empresas deberán hacer un importante esfuerzo. Se entiende que las condiciones finales del decreto podrían haber sido mejores, y que la actual crisis financiera internacional tampoco va a poner las cosas fáciles.

Se estima también que el texto va a permitir que el sector fotovoltaico español esté entre los países más fuertes y competitivos en energía solar en el momento decisivo, en 2015. Ese año, el coste real de la producción fotovoltaica será equivalente al precio de la electricidad, y será a partir de entonces cuando el sector alcance mucha mayor relevancia energética y auténtico protagonismo económico y social.
Las novedades introducidas por el Real Decreto aprobado el pasado 26 de septiembre son las siguientes:
• Contempla dos tipologías diferenciadas, suelo y techo (instaladas en edificios), y orienta la inversión privada hacia la tipología en techo por sus mayores beneficios económicos (en cuanto a reducción de pérdidas en la red, reducción de inversiones en infraestructuras) y medioambientales (mejor utilización del suelo y preservación de zonas con un potencial mayor valor natural).
• La nueva retribución es de 32 cent/KWh para suelo y 32 y 34 cent/KWh para techo (mayores y menores de 20 kW, respectivamente). Estas retribuciones bajarán trimestralmente en función del agotamiento de los cupos.
• Establece un mecanismo de “pre-registro”, de forma que una vez realizados determinados trámites administrativos (autorización administrativa, conexión, etc.), los proyectos se inscriben en un registro, asignándoles en ese momento una tarifa regulada que percibirán una vez esté finalizada la instalación.
• Las instalaciones no podrán tener un tamaño superior a 10 MW en suelo y 2 MW en edificios.
• El “pre-registro” tendrá cuatro convocatorias anuales.
• La tarifa regulada de cada convocatoria se calculará en función de la demanda que haya existido en la convocatoria anterior, con bajadas de la retribución si se cubre el cupo completo. Asimismo, podría elevarse la tarifa si en dos convocatorias consecutivas no se alcanza el 50% del cupo.
• Las bajadas pueden ser de hasta el 10% anual. Este esquema retributivo beneficia a los consumidores, al establecer una retribución ajustada a la curva de aprendizaje de la tecnología, lo que se traducirá en un abaratamiento del coste de la electricidad en relación al modelo vigente. También beneficia a los inversores, al aportar predictibilidad de las retribuciones futuras.
• Los cupos iniciales serán de 400 MW/año (dos tercios para las instalaciones en edificación y el resto para el suelo).
• Con la finalidad de establecer un régimen transitorio para suavizar la inercia de la industria fotovoltaica actual, se establecen unos cupos extraordinarios adicionales de 100 MW y 60 MW para 2009 y 2010, respectivamente, en suelo. Las dos primeras convocatorias se resolverán en unos plazos muy reducidos: la primera, el 15 de diciembre de 2008.
• Los cupos anuales se incrementarán en la misma tasa porcentual en que se reduzca la retribución en el mismo período, hasta un 10%.
• Se establecerán mediante Orden Ministerial los requisitos técnicos y de calidad de las instalaciones para contribuir a la seguridad del sistema.
• El plazo de retribución para cada instalación es de 25 años, y la actualización anual de la retribución en función del IPC -0,25 ó -0,50, en ambos casos igual que en el anterior Real Decreto.